Registro Único de Beneficiarios Finales - Resolución 164 de 2021 - DIAN
Estimado accionista de Grupo Bolívar S.A,
Teniendo en consideración los requerimientos legales relacionados con el Registro Único de Beneficiarios Finales - RUB (artículos 631-5 y 631-6 del Estatuto Tributario Nacional y Resolución 164 de 2021 de la DIAN), Grupo Bolívar S.A. se encuentra en la obligación de identificar a la(s) persona(s) natural(es) que actuando individual o conjuntamente:
i). Sea titular, directa o indirectamente, del cinco por ciento (5%) o más del capital o de los derechos de voto de Grupo Bolívar S.A., y/o se beneficie en cinco por ciento (5%) o más de los activos, rendimientos o utilidades;
ii). Ejerce control directo y/o indirecto sobre Grupo Bolívar S.A. por cualquier otro medio diferente a los establecidos en el punto anterior.
Según lo indicado, comedidamente le solicitamos el envío del formato adjunto debidamente diligenciado, a más tardar el próximo 26 de junio de 2023, con el fin de consolidar la información que debemos enviar a la DIAN. Agradecemos que su respuesta sea dirigida al correo electrónico gobierno.corporativo@grupobolivar.com
Es de anotar que en caso de cambios en la información inicialmente reportada, la misma debe actualizarse dentro de los quince (15) días siguientes al cambio respectivo.
Para una mejor ilustración sobre el alcance del término beneficiario final y las obligaciones correspondientes, le adjuntamos el documento denominado “ABC Registro Único de Beneficiarios Finales” preparado por la DIAN.
En caso de tener dudas sobre este tema, puede escribirnos al correo gobierno.corporativo@grupobolivar.com, donde gustosamente lo atenderemos.
1. Comunicación - solicitud información Beneficiarios Finales.
2. Formato para el diligenciamiento Beneficiarios Finales.
3. ABC Registro Único de Beneficiarios Finales preparado por la DIAN.
Atentamente,
Vicepresidencia Jurídica
GRUPO BOLÍVAR S.A.